LEY N° 5044
QUE INCORPORA LA
ENSEÑANZA DE LA EDUCACION VIAL COMO ASIGNATURA EN LA MALLA CURRICULAR DEL
SISTEMA EDUCATIVO NACIONAL
EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA
CON FUERZA DE
LEY
Artículo 1º.- Incorpórase la
enseñanza de la Educación Vial como asignatura en la malla curricular del
sistema educativo nacional a cargo del Ministerio de Educación y Cultura, en
todas sus modalidades de los niveles inicial, escolar básica y media, así como
también en las carreras de formación docente. La Educación Vial deberá ser con
énfasis en normas básicas para el peatón y el conductor, la prevención de
accidentes viales, la señalización o dispositivos para el control de tránsito,
los conocimientos generales de las leyes de tránsito, los primeros auxilios y la
educación ambiental en relación con el tránsito de automóviles, camiones,
ómnibus, motocicletas y demás vehículos automotores; adecuando el contenido de
la enseñanza al nivel escolar o educativo de los alumnos.
Artículo 2º.- El Ministerio de
Educación y Cultura será la autoridad de aplicación, y como tal garantizará y
determinará los contenidos mínimos de la capacitación docente, la que será
gratuita y obligatoria para los educadores del sector nacional.
Artículo 3º.- Deróganse
todas aquellas disposiciones legales que se opongan a la presente Ley.
Artículo 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Aprobado el Proyecto
de Ley por la Honorable Cámara de Senadores, a veinticinco días del mes de junio del año
dos mil trece, quedando sancionado el mismo, por la Honorable Cámara de
Diputados, a veintiocho días del mes de
agosto del año dos mil trece, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo
207, numeral 1) de la Constitución Nacional.
Juan Bartolomé Ramírez Brizuela Julio César Velázquez Tillería
Presidente Presidente
H.
Cámara de Diputados H.
Cámara de Senadores
Elio
Cabral González Mirta Gusinky
Secretario Parlamentario Secretaria Parlamentaria
Asunción, 12 de setiembre de 2013
Téngase por Ley de la República, publíquese e
insértese en el Registro Oficial.
El Presidente de la República
Horacio
Manuel Cartes Jara
Marta
Justina Lafuente
Ministra de Educación y Cultura
Fuente: http://www.senado.gov.py
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