Medicas uis
Revista de los estudiantes de la Universidad Industrial de Santander
Historia de la medicina
Historia de la medicina legal
José Miguel Suescún Vargas*
Roger Alexander Pérez Suárez**
Aldemar Rueda Díaz***
Eduardo Asaf Rodríguez Ibarra****
*MD Pediatra. Especialista en Docencia Universitaria.
Coordinador de Hospitalización. Instituto de Ortopedia
Infantil Roosevelt. Docente de Pediatría. Departamento de
Clínicas. Facultad de Medicina. Universidad de Los Andes.
Docente de Pediatría. Departamento de Ciencias Clínicas.
Facultad de Medicina. Universidad del Rosario. Bogotá D.C.
Colombia.
**MD Coordinador Médico A.M.E. Bucaramanga.
Colombia.
***MD Auditor en Servicios de Salud. Auditor Médico
Policía Nacional. Bucaramanga. Colombia.
****MD Residente de Patología. Universidad Industrial
de Santander. Bucaramanga. Colombia.
Correspondencia: Dr. Suescún. Calle 54 No. 10-66
Apartamento 507. Edificio Torre Plaza 54. Bogotá D.C.
Colombia. e-mail jose.suescun@urosario.edu.co //
jmichaelsv@hotmail.com // jsuescun@uniandes.edu.co
Recibido para publicación el 16 de septiembre de 2008 y
aceptado para publicación el 21 de abril de 2009.
RESUMEN
La Medicina Legal a través del estudio detallado de su historia, se constituye en una ciencia cuya característica
fundamental es la de haber presentado notables cambios en su enfoque a lo largo del tiempo, según las
necesidades de cada época, siempre muy relacionada con la evolución misma de la humanidad; desde los
primeras técnicas de conservación de cadáveres de los antiguos egipcios, hasta las modernas técnicas de
biología molecular. Sin embargo, la gran responsabilidad médico-legal, no ha variado, ya que desde la
antigüedad, el médico ha estado expuesto a grandes penas, debido a tratamientos fallidos o mala practica,
llegando incluso a pagar en la edad antigüa con la vida y con la libertad en la edad contemporánea. (MED.UIS.
2009;22(1):83-90).
INTRODUCCIÓN
La medicina legal se define como la rama de
la medicina que estudia los aspectos legales de
la atención sanitaria, correspondiendo a una
ciencia relativamente nueva, aunque sus
esbozos aparecen desde la antigüedad; ya que
más que una materia independiente, consistía
en el estudio aislado de algunos temas. Una de
sus características fundamentales es la de
haber presentado modificaciones en su enfoque
a lo largo de su evolución, según las necesidades
que en cada época ha planteado la orientación
jurídica y social de la humanidad en relación
con la medicina. Cronológicamente se abordará
su revisión, dividiéndola en las diferentes
épocas históricas, hasta llegar a la edad
contemporánea, realizando especial énfasis en
el desarrollo que ésta ha tenido en nuestro
país1,2
.
El Instituto de Medicina Legal y Ciencias
Forenses de Colombia se encuentra adscrito a
la Fiscalía General, como establecimiento
público del orden nacional, dotado de
personería jurídica, patrimonio propio y
autonomía administrativa; teniendo como
misión fundamental, la de prestar soporte
técnico y científico a la administración de
justicia en todo el país, en lo concerniente a la
Medicina Legal y las Ciencias Forenses como
medio eficaz para alcanzar la paz y la concordia
entre todos los colombianos. Ante el incremento
en el número de víctimas por la situación de
conflicto que agobia a nuestro país, muchas de las cuales se convierten en cadáveres NN por la
imposibilidad inicial de su identificación;
adquiere gran valor en la actualidad el
Laboratorio de Antropología del Instituto, ya
que presta el Servicio de Peritación en
Antropología Forense, aprovechando su
experiencia y respondiendo a las necesidades
de capacitar a personal idóneo para atender
esta problemática, entre otras2
.
EDAD ANTIGUA
En las culturas remotas es posible encontrar
algunos puntos de interés en el campo médicolegal,
teniendo en cuenta que en aquella época
lejana no existía la organización como ciencia
y arte que actualmente impera.
El aporte de la medicina mesopotámica
consiste en el “Código de Hammurabi”, escrito
en Babilonia 1700 años a.C. contiene los datos
más antiguos de lo que será el derecho médico;
entre los párrafos que interesan a la medicina
se destacan los relativos a los honorarios del
médico, estableciendo por ejemplo, que el
dinero cobrado por éste dependía ante todo de
la posición social del enfermo. Es así como, por
curarle un ojo y drenarle un absceso a un noble
el pago era de 10 siclos de plata (artículo 215),
si el paciente era un plebeyo se debían pagar 5
siclos (artículo 216) y si el enfermo era un
esclavo sólo se pagaban 2 siclos de plata
(artículo 217). Otro punto de interés son las
indemnizaciones por lesiones, por ejemplo, si
un hombre golpeaba a una mujer embarazada y
la hacía abortar, se debían pagar 10 siclos de
plata, y si la mujer moría, debía darse muerte a
la hija del causante. Igualmente se menciona la
responsabilidad médico-legal, siendo un buen
ejemplo el artículo 218, el cual dice que si un
médico ha tratado a un hombre libre de una
herida grave y lo ha hecho morir, se le deben
cortar sus manos. Todo lo anterior hace pensar
en la dificultad de ejercer la medicina en
aquella época, ya que el médico estaba expuesto
a pagar indemnizaciones o sufrir mutilaciones
por un tratamiento fallido3
.
El detalle de mayor interés de la medicina
egipcia, lo constituyen las técnicas de
conservación del cadáver, aunque se conoce con certeza que la finalidad de los
embalsamamientos no era médica. Es así como
el primer experto médico-legal fue Imhotep,
quien vivió en Egipto 3000 años a.C., siendo la
más alta autoridad judicial. Los egipcios
utilizaron pruebas para diagnosticar el
embarazo cuando existían dudas sobre la
paternidad del niño, consistía en observar los
efectos de la orina sobre algunos vegetales. De
esta manera si las hojas se marchitaban o si los
cereales no crecían se descartaba el embarazo.
La medicina egipcia en aquella época era
socializada, ya que los médicos eran pagados
por el Estado, existiendo algunas especialidades
y castigando severamente los errores
profesionales3,4
.
La recopilación de los principales actos de su
historia en un libro sagrado, ofrece en la
medicina israelí, una fuente importante de
material médico-legal, donde se describen las
costumbres y obligaciones relacionadas con la
actividad sexual, virginidad, las causas médicas
de nulidad del matrimonio y divorcio, algunos
hechos relacionados con el nacimiento y
algunas disposiciones relativas al cadáver3,5
.
La medicina legal alcanzó un notable
desarrollo en la cultura de la medicina hindú;
un hecho sobresaliente consistió en la técnica
de la Rinoplastia India, la cual reparaba la
amputación de la nariz mediante un colgajo a
partir de la frente, causada por un castigo
debido a una condena por adulterio. Igualmente
la legislación sobre la muerte es amplia y
minuciosa3
.
En la medicina griega también se encuentran
detalles de interés médico-legal, aunque
todavía no existe una doctrina totalmente
establecida; sin embargo, comenzaba a lograrse
una mayor relación entre la medicina y la
justicia, ya que los médicos griegos comparecían
como testigos ante los tribunales o el jurado,
para declarar sobre la gravedad de las heridas o
sobre las causas de muerte5
.
Los temas médico-legales abundan en la
medicina romana, ya que existían varias leyes
que hacían referencia a ella: “Lex Cornelia de
Iniuriis” separa las lesiones y golpes de otros tipos de injurias, “Lex Cornelia de Sicariis el
Veneficiis” establece penas para los homicidas
y envenenadores, “Lex Aquilia” propuesta por
Lucio Aquilio en el año 572, trataba de la
reparación del daño causado a un particular en
sus esclavos, tratando con carácter general
algunos problemas médicos como la
determinación de la gravedad de las heridas y
la investigación a realizarse cuando se producía
un aborto.
El médico Antistio, examinó el cadáver de
Julio César e informó que de las muchas heridas
por arma blanca, sólo una era mortal. Los
cadáveres de Scipión el Africano y de
Germánico, fueron expuestos, para que el
propio pueblo informara sobre la forma de su
muerte.
Los emperadores Adriano, Antonio, Marco
Aurelio y Séptimo Severo basaron resoluciones
legales, concernientes al estado civil o a los
delitos, teniendo en cuenta las doctrinas de
Hipócrates y Aristóteles. Normas de
jurisprudencia acerca de la legitimidad de las
gestaciones prolongadas y de la protección a
los esclavos, se encuentran en las disposiciones
de Adriano. Las “Doce Tablas” tuvieron vigencia
durante nueve siglos, a partir del año 541 a.C.
y en ellas se estudia la forma de reparación de
las lesiones, la muerte del neonato, la duración
máxima de la gestación para que se considere
legítima, así como la responsabilidad del
enfermo mental3,5,6
.
EDAD MEDIA
Durante esta etapa, la intervención de los
médicos en asuntos judiciales se generaliza,
entre ellas se encuentran como temas de mayor
interés los relacionados con las lesiones y la
sexología.
El “Código de Justiniano”, apareció entre los
años 529 y 564, el cual regulaba la práctica de
la medicina, la cirugía y la obstetricia, se refería
al valor del experto médico, al igual que las
penas debidas a la mala práctica profesional.
La riqueza de la medicina china en datos de
interés médico-legal es amplia, teniendo como
su principal producción la aparición de un
verdadero tratado de medicina legal, aunque
solo fue publicado hasta 1247, escrito por Song
Ts‘eu, lo tituló: “La Recopilación sobre las
Reparaciones de las Injusticias” (del chino, “Si
Yuan Lu”), en él las lesiones se clasificaban de
acuerdo con el instrumento que las causaban y
su gravedad se establecía de acuerdo a la región
corporal afectada; sus ediciones corregidas aún
son utilizadas por los médicos legistas
chinos3
.
En oriente existía el “Digesto”, promulgado
en el siglo VI promulgado con carácter general,
refiriéndose a los diversos tipos de lesiones,
señalando sus indemnizaciones, tratando
igualmente el aborto, el infanticidio, la
violación y el envenenamiento. La contraparte
de occidente, también tenía varios textos, en
donde incluía temas similares: las leyes de los
francos (siglo V), de los alemanes (siglo VI) y
las de los Lombardos en el siglo VII. En “Los
Capitulares” de Carlomagno, escritos en el
siglo VIII, se aconseja a los jueces apoyarse en
la opinión de los médicos, para ayudar a
ilustrar más convenientemente los problemas
judiciales. En “Los Decretales” de Inocencio
III, escritos en 1209, se consagra el peritaje
médico, pues se menciona la costumbre de
visitar a los heridos, por orden judicial, práctica
que se hizo invariable en el Derecho Canónico.
Se terminó de adquirir cierta madurez en este
sentido, con los escritos de Gregorio IX y las
“Partidas” de Alfonso X de Castilla. Felipe el
Hermoso, estableció en Paris la medicina
forense, en el año de 1311, mediante la
organización llamada “Chatelet” compuesta de
médicos y matronas.
Al finalizar la edad media, en los siglos XIV
y XV, las prácticas médico-legales adquieren
notable progreso, pasando a ocupar un primer
plano los temas relacionados con el estudio del
cadáver, principalmente de carácter anatómico
y en algunos casos para conocer la causa de
muerte; es así como en el año 1374 la Facultad
de Montpellier obtuvo la correspondiente
licencia para realizar autopsias en los cadáveres
y uno de los profesores llamado Villenueve,
inició estudios sobre los venenos. Por otro lado,
en España e Inglaterra fueron presentados los primeros trabajos sobre las enfermedades
mentales3-5
.
EDAD MODERNA
Correspondiente a los siglos XVI y XVII, es
aquí donde se da la consagración definitiva de
la medicina legal, como disciplina independiente
y como auxiliar de la justicia; su evolución
ocurre simultáneamente con el de otras ciencias,
bajo el impulso intelectual del renacimiento,
favorecida por el perfeccionamiento y la difusión
de la imprenta.
Los hechos previos al establecimiento
definitivo de la medicina legal suceden en
Bamberg y Ratisbona: en 1507 Alemania contó
con un completo código penal, el cual fue
auspiciado por el obispo de Bamberg y se
conoció como “Las Ordenanzas de Bamberg”;
en 1532, el Emperador Carlos V, siguiendo el
ejemplo de Bamberg, promulgó en Ratisbona
“las Constituciones Criminales Carolinas”,
donde se hacen descripciones detalladas de los
peritajes médico-legales y se exige su realización
en ciertos delitos como las lesiones, el
homicidio, el aborto, el infanticidio y el
envenenamiento4,5
.
En 1521, se practicó autopsia médico-legal al
cadáver del pontífice León X, para establecer la causa de su muerte, en atención a la sospecha
de haber sido envenenado.
Antonio Benivieni (1443-1502) escribió una
amplia obra: “De Abditis Nonnullis ac Mirandis
Morborum el Sanationum Causis”, publicada en
1507; en sus ciento once capítulos presenta la
primera colección importante de autopsias con
valor anatomopatológico, narrando el resultado
de sus investigaciones en los cadáveres para
conocer las causas de muerte; fue el primer
médico del cual se conoce, en solicitar permisos
de los familiares de algunos enfermos para
disecar sus cuerpos3
.
La obra de los cirujanos del renacimiento
comienza en 1543 con la publicación del texto
básico de Vesalio sobre ” La Anatomía del
Cuerpo Humano”, el cual produce un cambio
extraordinario en la medicina: por esta misma
época se publican otros trabajos anatómicos
como lo son los de Ingracias, Eusteche y
Fallope, con lo cual estos cirujanos aportan
muchos conocimientos al estudio de las
lesiones y la muerte3
.
La medicina legal no puede considerarse
como verdadera ciencia sino hasta el momento
en que Ambroise Paré (1517-1590) ilustre
hombre en la historia de la medicina(figura 1),
escribió su obra “De los Informes y de los
Medios de Embalsamar los Cadáveres” (del
francés, “Des Rapports et des Mohines d‘
Embaumer les Corps Morts”) escrita en París
en 1575 (figura 2) obra que le concedió el
título de ser el padre de la medicina legal. En
sus notables exposiciones, Paré trata de las
relaciones y los medios para embalsamar los
cadáveres, resumiendo los más importantes
signos clínicos que han de servir para conocer
la gravedad de las heridas, exponiendo los
signos que permiten reconocer si un cuerpo
fue arrojado vivo o muerto al agua, estudiando
las asfixias por el óxido de carbón y se
adelanta a dar reglas que deben seguirse para
el estudio de la virginidad y para la
comprobación de la impotencia, tanto en el
hombre como en la mujer; no siendo la única
aportación de Paré a la medicina legal ya que
otra de sus obras “Dix Livres de Chirurgie”,
escrita en 1572, se encuentra un capítulo dedicado al estudio de temas sobre
toxicología3-6
.
En la península itálica, otros estudiosos
realizaron aportes importantes a la medicina
legal, como: Juan Bautista Codronchi quien en
1595 publica en Venecia un texto titulado “Un
Método de dar testimonio en Justicia en
Ciertos Casos Confiados a Médicos”, el cual
consiste en una recopilación de un cierto
número de peritajes de interés legal, donde da
normas para realizar las declaraciones médicas
ante la justicia. Fortunato Fedele publicó en
1598 “De Relationibus Medicarum”, el cual es
un tratado sobre los dictámenes médicos, en
el que están expuestas todas las causas
públicas y judiciales que acostumbran a
dictaminar los médicos4. Igualmente Juan
Frogoso, cirujano español, publicó su “Cirugía
Universal”, en 1581 en la cual su segunda
sección es dedicada a la medicina legal3,6
.
En 1603 un edicto de Enrique IV, en Francia,
confiaba al primer médico del rey, la facultad
de nombrar en todas las poblaciones del reino
dos médicos jurados para practicar las visitas
y expedir dictámenes legales; lo que equivale
a una franca organización del servicio, creando
funcionarios especiales, que se consideraban
como representantes de la medicina ante la
justicia.
Paolo Zacchia (1584-1659) fue un hombre
de gran cultura, ejerciendo como médico de
los Estados de la Iglesia, encargado de sus
servicios sanitarios y médico personal del
Pontífice Inocencio X; Zacchia marca un
punto culminante en la especialidad ya que
unifica el cuerpo de la ciencia y le da
coherencia, en un texto básico “Cuestiones
Médico-legales” (del italiano, “Quaestiones
Medico-legales”) publicada en Roma entre
los años 1621-1635, el cual es un escrito de
mil doscientas páginas, recopiladas en tres
volúmenes, siendo considerada una obra
magistral, por el criterio racional y científico
con el cual están abordados todos los
principales problemas médico-legales de la
época como lo eran los partos, la demencia,
la muerte, los venenos y la impotencia entre
otros, razón por la cual ha quedado como el
gran clásico de la medicina legal y su
influencia ha perdurado hasta el siglo
XIX1,2,5. Junto a Zacchia, existieron otros
cultivadores de la especialidad como: Rodrigo
de Castro con “De Officilis Medico-politicis
sive de Medico Político” publicada en 1614;
el anatomista Gaspar Bauhin, escribe en 1614
un texto sobre hermafroditas y partos
difíciles; Melchior Sabiz, profesor de
Estrasburgo, publica en 1630 un tratado
acerca de la virginidad; Ludwig Hoernigk
publica en 1638 una obra sobre tópicos de
medicina pública; en 1667 Gottfried Welsch
estudia los problemas del parto múltiple y en
1660 las heridas mortales 3,5
.
Como obras posteriores se presentan varios
autores: Johann Bohn, profesor y decano de
la escuela de medicina de Leipzig, quien
publica en 1689 un texto en el que trataba el
examen de las heridas mortales, igualmente
establece normas acerca de la práctica de las
autopsias, preconizando la abertura de todas
las cavidades del cadáver. El médico de la
corte de Sajonia G. Clauder, escribió en 1679
un trabajo sobre el embalsamamiento; J. G.
Séller, en 1691, publicó un escrito sobre el
infanticidio; el cirujano francés Nicolás de
Blegny publicó en Lyon en 1684, un tratado sobre los informes médicos “La Doctrine des
Rapports”; Johann Schreyer publicó en 1681
una obra de concreto y elevado interés sobre
la docimasia pulmonar2
.
Las obras alemanas pasan a ocupar un
primer plano respecto de los trabajos médicolegales;
el profesor de la universidad de
Giessen, Miguel Bernardo Valentín, fue el
médico legista más famoso de su tiempo
publicando “Hábeas Iuris Medico-legale”; el
profesor en Jena Hermann Teichmeyer,
publicó en 1723 “Institutiones Medicinae
Legalis vel Forensis”; M. Alberti publicó en
1716 los seis tomos de “Sistema
Jurisprudentiae Medicae” y posteriormente
un escrito donde comenta las Constituciones
Carolinas; el profesor de Leipzig, Hebenstreit
publica en 1753 una antropología forense; C.
G. Ludwig, publicó en 1765 las “Institutiones
Medicinae Forensis”; en 1781 J. J. Menk
publica el famoso “Elementa Medicinae et
Chirurgiae Forensis”; Mayer y Ploucquet,
escriben en los últimos años de la centuria,
varios textos sobre el infanticidio6
.
En Francia se comenzaba a cultivar la
disciplina médico-legal, que en la siguiente
centuria alcanzaría su máximo desarrollo,
siendo sus autores más representativos:
Antoine Louis, quien estudia acerca de la
muerte por ahorcadura y sobre los signos de
la muerte real y aparente; en 1742 Bruhier d’
Ablancourt, publica un escrito que se
concentra en el diagnóstico de la muerte; C.
Prévost, recopila en 1753, la jurisprudencia
sobre aspectos médicos; en 1763 Jean Verdier
publica un amplio texto sobre la relación
entre la jurisprudencia y los aspectos
médicos; C. Champeaux, escribe en 1768 un
trabajo sobre la muerte por sumersión; en
1703 Jean Deveaux publica su obra “L’art de
Faire des Rapports en Chirurgie”3
.
Aunque existen varias obras inglesas, la de
mayor importancia es la de Richard Mead,
publicada en 1702, la cual se refiere a los
venenos. En España la obra representativa de
esta época es la de Juan Vicente Bonomi,
titulada “Cirugía Forense”3,4,6
.
EDAD CONTEMPORÁNEA
Es en esta época donde llega el momento en
que la medicina legal, ya que no sólo es una
práctica, objeto de enseñanza a los médicos,
sino que alcanza un pleno reconocimiento
como especialidad; se incluye en los planes de
estudio, primero englobado en la cirugía y
después con carácter independiente.
La primera cátedra oficial, de la cual se tiene
noticia es la de Nápoles, que inicia su
funcionamiento en 1789 bajo la orientación de
Rochi en 1794, introducida en París entre las
doce enseñanzas establecidas, siendo su primer
titular Pierre Lauss; en los años iniciales del
siglo XIX la adoptan otras universidades: Berlín
en 1802, Edimburgo en 1803, Viena en 1805 a
cargo de Ferdinand Bernhard Vietz; igualmente
aparecen con mayor frecuencia textos dedicados
a la docencia, siendo uno de los primeros el
libro: “Cirugía Forense o el Arte de Hacer
informes” escrito por Domingo Vidal, publicado
en Barcelona en 1783.
En el siglo XIX la medicina alcanzó su
máximo esplendor en Francia y dentro de ella
la medicina legal. La primera obra de renombre
en este país fue el “Traité de Médicine Légale”
con la primera edición en 1796 y una segunda
en 1813. En 1814 Mateo José Buenaventura
Orfila, de origen español, publicó su “Tratado
de los Venenos” el cual lo consagró como
precursor de la toxicología, además en 1821
publicó “Leçons de Médicine Légale”; muchos
otros autores también hicieron su aporte, entre
ellos: Devergie, Tardieu, Thoinut, Derobert y
Predelievre3,4,6
.
En España la primera cátedra se fundó
en Madrid en 1843, a cargo del profesor
Pedro Mata, cuyo tratado alcanzó seis
ediciones, la última de ellas póstuma en
1912; en la primera mitad del siglo XX se
han destacado Antonio Piga con su obra
“Medicina Legal de Urgencia” y en la
segunda mitad Leopoldo López Gómez y
Juan Antonio Gisbert quienes
conjuntamente escribieron su “Tratado de
Medicina legal”, éste último además hizo su obra “Medicina legal y Toxicología”,
cuya cuarta edición en 1991 contó con la
autoría de las más connotadas figuras
españolas contemporáneas4,6
.
En Sudamérica han existido también altos
exponentes de la medicina legal y de la
psiquiatría forense y en los últimos tiempos se
ha revelado un desarrollo notable en las
ciencias criminológicas.
En Colombia, la facultad de medicina de la
Universidad Nacional en Bogotá, desde su
fundación el 3 de febrero de 1827, incluyó la
medicina legal entre sus cátedras, siendo su
primer profesor el doctor José Félix Merizalde
y desde entonces se enseña medicina legal en
el país y actualmente también en las escuelas
de derecho. En la actualidad la Universidad
Nacional, ofrece el Programa de Postgrado
Médico denominado: “Especialidad en
Medicina Forense”, creado según el Acuerdo
No 109 de 1996; así mismo, posteriormente,
inició la Pontificia Universidad Javeriana, su
Programa de Postgrado Odontológico
denominado: “Especialización en Odontología
Forense”.
Antes que el servicio de medicina legal se
reglamentara hubo médicos legistas muy
ilustres como el doctor Juan David Herrera,
Juan Evangelista Manrique, Carlos Pugman y
Gabriel Camargo, entre otros. El 19 de octubre
de 1914 por la ley 53, José Vicente Concha creó
el Servicio de Medicina Legal, que más tarde se
reglamentó con el Decreto 001 de 1915,
estableciendo su oficina central en Bogotá, de
la cual fue Director el doctor José María
Lombana Barreneche, quien publicó su famosa
circular sobre “La Evaluación de la Incapacidad
en las Heridas”.
Como exponentes destacados en la mitad del
siglo se encuentran los doctores Ricardo
Fajardo, José Ignacio Uribe, Hernando Rueda
Herrera, Pablo Llinas, Rafael Martínez, Eduardo
Lleras Codazzi, Carlos Solarte y Julio Ortiz
Velásquez, entre otros; teniendo mención
especial el doctor Guillermo Uribe Cualla quien
fue la figura colombiana de mayor renombre
internacional en la especialidad, desempeñándose como profesor de la
Universidad Nacional entre 1936 a 1960,
Director del Instituto de Medicina Legal, de la
revista de Medicina legal Colombiana (fundada
en 1935) y realizó varias publicaciones, de
entre las cuales sobresale “Medicina Legal y
Psiquiatría Forense” alcanzando nueve
ediciones. Sin olvidar la fundamental e
importante participación en la modernización
del Sistema Médico Legal Colombiano, de los
doctores Egon Litodhenberger y Ricardo Mora;
así como del Doctor Cesar Augusto Giraldo,
Director de la Seccional Antioquia de Medicina
Legal y creador de la Escuela de Medicina Legal
de Antioquia, contribuyendo con múltiples
artículos y un texto guía de amplia difusión en
Colombia y América latina, el cual se constituyó
en lectura obligatoria en todas las Facultades
de Medicina del país.
En 1945 se emitió la ley Orgánica del Instituto
de Medicina Legal, y debido a la Reforma
Constitucional de 1991 y el decreto 1155 de
1999, la Dirección General de Medicina Legal
que dependía del Ministerio de Justicia, pasó al
poder judicial como parte de la Fiscalía General
de la Nación, con el nombre de Instituto de
Medicina Legal y Ciencias Forenses, con
dependencias y sucursales como establecimiento
público a nivel nacional, dotado de
personería jurídica, patrimonio propio y
autonomía administrativa, manteniéndose y
unificándose las direcciones seccionales del
país; siendo por ejemplo, Bucaramanga la sede
de la Dirección Regional Nororiente y
comprendiendo cinco direcciones seccionales:
Santander, Norte de Santander, Cesar, San Gil
y Pamplona.
En Santander, entre otros exponentes se
encuentran el doctor Gregorio Consuegra, Jefe
de la Oficina de Medicina Legal de Bucaramanga
entre 1915 a 1918, quien publicó “El Estudio
de Medicina Legal sobre los Traumatismos”; en
1918 el nuevo Jefe es el doctor Francisco
González García, quien fue sucedido por Rafael
Uscátegui, Aníbal Philips, Alberto Pinzón
Murillo, Rafael Calderón Villamizar, Jorge
Villabona, Manuel Dangond, Martín Muñoz
Olarte y el doctor Mario Hazbón, éste último
vinculado desde 1963 hasta 1994 quien fue jefe de la seccional Santander y profesor de la
cátedra de medicina legal en la Universidad
Industrial de Santander. El Doctor Carlos Cotes
Caballero, autor de varios libros acerca de la
Medicina Legal, se desempeñó como director
de Medicina Legal en Santander hasta 1991,
continuando su labor la Doctora Elvira Aguilera,
quien durante su gestión hasta 2002 fue la
encargada de la modernización del sistema
médico legal en el departamento y de la
construcción de la actual sede de Medicina
Legal en Bucaramanga. El Doctor Julio César
Mantilla, vinculado con la Medicina Legal
desde 1988 hasta 2003, fue el encargado de
implementar la modernización de la patología
forense en la región nororiental, participando
como prosector y evaluador de aproximadamente
15.000 autopsias médico legales y siendo el
autor del libro “Patología Forense”, editado por
la Universidad Industrial de Santander.
También se debe destacar al doctor Roberto
Serpa Flórez, quien escribió en 1953 la primera
edición del “Manual de Psiquiatría Forense” y
en 1994 “Psiquiatría Médica y Jurídica”, entre
otros de sus múltiples escritos4,6,8
.
EPÍLOGO
Como puede verse, la historia de la medicina
legal presenta muchos datos de interés en el
desarrollo de su disciplina médica, como
ciencia y arte, además, entendiendo
adecuadamente su relación con el progreso de
la humanidad, teniendo durante su evolución,
principales protagonistas, progresos, tropiezos
y factores que la influenciaron positiva o
negativamente para poder llegar a su actual
entorno.
SUMMARY
History of the legal medicine
Legal medicine through the study of the clinical history has
been a science with the main characteristic of change the focus
of the it, through time according to the needs of each period of
time, even though the human evolution; since the fi rst
techniques by the Egyptians until the latest techniques of
molecular biology. However the medical responsibility has not
change, still now the doctor is responsible for a failing treatment
or a bad practice and his punishment can be injust depending on
the time and the place. (MED.UIS. 2009;22(1):83-90).
Key words: Medicine. History. Forensic medicine. Autopsy.
Wounds. Injuries.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
1. Diccionario de Medicina Mosby. Cuarta ed. Barcelona:
Océano; 1998. p. 826.
2. Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses [Sitio Web
en Internet]. Colombia: Disponible en: http://www.
medicinalegal.gov.co/
3. Historia universal de la Medicina (en CD-ROM). Laín
Entralgo Pedro. XL Sistemas S.A. Masson Multimedia.
Primera ed. Buenos Aires: XL Sistemas S.A. 2000.
4. Vargas Eduardo. Medicina Legal. Segunda ed. México:
Trillas; 1996:15-28.
5. Gajardo Samuel. Medicina legal. Primera ed. Santiago de
Chile: Nacimiento; 1952:14-21.
6. Uribe Guillermo. Medicina legal y Psiquiatría Forense. Sexta
ed. Bogotá: Voluntad; 1951:21-31.
7. Rojas Neiro. Medicina Legal. Undécima ed. Buenos Aires: El
Ateneo; 1976:10-5.
8. Cortés Carlos, Ortega Humberto. Tratado de Medicina Legal:
Juristas y Medicina. Tercera ed. Bucaramanga: UNAB;
1996:31-6.
Fuente: http://medicasuis.org/anteriores/volumen22.1/doc10.pdf